Con fecha 4 de julio de 2018 han sido publicados en el BOE los Presupuestos Generales del Estado (Ley 6/2018, de 3 de julio, de P.G.E. para el año 2.018), a través de los cuales se modifican, en su artículo 85, tanto el coeficiente a aplicar a la tarifa del Impuesto como el Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) de determinados gases fluorados, por lo que se produce un recorte del tipo impositivo en el Impuesto a repercutir sobre los gases fluorados.

Dicha modificación es de aplicación a partir del 1 de septiembre de 2.018 y tendrá una vigencia indefinida. Hasta la fecha, se venía aplicando un coeficiente de 0,02 sobre el PCA de cada gas fluorado, hasta un máximo de 100€/kg. Pues bien, aunque el máximo aplicable no varía, a partir del 1 de septiembre, el coeficiente a aplicar será de 0,015 sobre dicho PCA, baja en 0,005 puntos, una reducción del 25% respecto al tipo anterior.

Se adjunta la normativa gases fluorados en la que se regula lo que se deberá cobrar a partir del 1 de septiembre de 2018 respecto a los principales gases fluorados utilizados en nuestro sector.

Os recordamos la necesidad de poseer un certificado acreditativo para manipulación de gases fluorados.

Impuestos gases fluorados septiembre 2018

gases fluorados