Convocatoria de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en empresas del sector industrial de Aragón
El Gobierno de Aragón ha convocado en el marco del “Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial” ayudas para incentivar y promover la realización de actuaciones, en empresas industriales aragonesas, que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética.
La cuantía global máxima para la convocatoria es de 10.562.941,35 euros procedente del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
Actuaciones subvencionables
Las actuaciones subvencionables, que en todo caso deberán realizarse en establecimientos ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán encuadrarse en una o ambas opciones:
Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales. Se incluyen en este punto inversiones en sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
Actuación 2:Implantación de sistemas de gestión energética. La mejora debe comprender las actuaciones necesarias, tanto a nivel de medición de las variables de consumo de energía, como para la instalación de los elementos de regulación y control de los parámetros de proceso e implementación de los sistemas informáticos para el análisis, regulación y control; así como para el funcionamiento óptimo de la instalación, reducción de los consumos de energía final y de costes, disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, necesaria para la gestión energética de la instalación.
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día 12 de Marzo de 2021 y durará hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá el 30 de junio de 2021.
Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.
Las empresas beneficiarias dispondrán de un máximo de 24 meses para finalizar las actuaciones, a contar desde la notificación de la resolución y un máximo de 3 meses para justificar la realización de la inversión, a contar desde la finalización de la actuación.
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